Estas pagando más impuestos de los que seguramente deberías por el pago de tu inmueble.

¿Cómo es esto posible?

A partir del 1 de enero de 2022 y en aplicación de la Ley 11/2021 de 9 de julio de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, se unifica la forma de calcular la valoración de los bienes inmuebles en los impuestos de Sucesiones, Donaciones, Transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos determinados y Patrimonio.

¿Cómo se calculan este tipo de impuestos sobre bienes inmuebles?

Hasta el 31 de diciembre el valor sobre el que se calculaban estos impuestos era el valor real. Desde el 1 de enero se puede elegir:

1.- Entre el valor de mercado, que es el que la Dirección General del Catastro establece como mínimo de referencia, o

2.- El valor que declare el contribuyente, que normalmente es el valor pactado, en caso de una compraventa o el valor de mercado, en caso de una herencia o donación.

El valor que proporciona el Catastro es del 90% del valor del mercado del inmueble. De esta manera puedes tener una certeza de cuál es el valor que debes tener en cuenta para calcular tus impuestos.

¿Qué consecuencias tiene tratar de alterar la valoración del inmueble?

Puedes tener la tentación de poner un valor inferior a los dos anteriores. En este caso existe una alta probabilidad que el organismo encargado de recaudar el impuesto no esté de acuerdo con la valoración que has dado, valore el inmueble más alto y te llegue una carta de pago por la diferencia que deberías haber pagado en su momento. A este importe le añadirán los intereses y la sanción correspondiente. La sanción se añade porque la administración te penaliza por querer pagar menos impuestos.

Si, además heredas un inmueble y luego quieres transmitirlo, es importante tener en cuenta estos valores para ahorrarte impuestos.

Se genera un triángulo de impuestos: el de sucesiones, el de la compraventa y el de IRPF respecto al mismo inmueble. El valor que se dé en estos impuestos es muy importante para evitar pagar más en un futuro.

Es posible establecer un valor superior al que el Catastro da como referencia. Es el que denominaríamos Valor declarado.

En JB nos ponemos a tu disposición para darte un buen asesoramiento encauzado a pagar menos impuestos, tanto presentes como futuros.