La semana pasada me llamó un cliente que estaba apurado porque su madre había fallecido y quería informarse si, el nuevo testamento que me había encargado preparar se había firmado finalmente.

Era vital firmar ese testamento cambiando otro testamento anterior porque quería desheredar a su otro heredero. El otro heredero incurría en las causas de desheredación que establece el código civil.

Le dije que yo ya lo había preparado pero que su madre no había llegado a firmarlo ante el notario para que fuera totalmente válido.

El heredero me preguntó si él podía cambiar el testamento de su madre ya que, tanto los vecinos como los amigos y él mismo eran conocedores de que quería desheredar al otro heredero.

Ante este hecho le respondí que era imposible cambiar el testamento de su madre, aunque no hubiera fallecido. Ya que los testamentos para que sean válidos, tienen que ser firmados por la misma persona que manifiesta su voluntad (es un acto personalísimo), tener capacidad legal para hacerlo, expresar libremente a quién nombra heredero y lo que quiere hacer con sus bienes.

Una vez fallecida su madre, ni él puede cambiar un testamento ya firmado por ella y ni tampoco puede firmar uno nuevo sustituyendo la voluntad de su madre. Por tanto, tiene plena validez el último testamento que su madre firmó ante notario, salvo que se hubiera encontrado en casa algún testamento ológrafo escrito por ella de puño y letra, que tuviera una fecha anterior a su muerte y lo hubiera firmado ella y dos testigos. Me dijo que éste no era el caso.

Por tanto, es plenamente válido el último testamento que firmó su madre.

Sabremos cuál es el último testamento cuando obtengamos del Registro de Actos de Última Voluntad el certificado que acredite cuál es su último testamento.