Los repartos de una herencia son a menudo un auténtico quebradero de cabeza para todos los involucrados, desde los herederos hasta los propios abogados de los mismos.  

Contacta con este heredero que lleva sin aparecer años; veamos como repartimos los pisos; quién hereda qué parte; qué clase de injusticias consideramos al respecto; qué viene escrito y qué no dentro del testamento… 

¿Cómo consiguió Doña Flavia repartir lo que les llegó en herencia? 

Doña Flavia Gómez nos comenta que ella es heredera junto con sus 4 hermanos de un piso propiedad de sus padres. Mientras vivían , ella ha estado cuidándoles en su casa y viviendo con ellos desde que nació. Ahora están los dos fallecidos. Nos pregunta qué derechos tiene ella sobre el piso, si ella puede negarse al reparto de la herencia (incluido el reparto el piso) con sus hermanos.

¿Tiene derecho a quedarse en el piso por haber estado viviendo y cuidando a sus padres allí toda su vida?

Posibles respuestas:

1.- Que sus padres no hayan hecho testamento en cuyo caso todos los herederos tienen derecho a tener 1/5 del piso cada uno. Por tanto Flavia tendría derecho a 1/5 del piso por su derecho de legítima que regula el código civil.

2.- Que el resto de los herederos renuncien a la herenci . De esta manera ella se podría adjudicar el piso al 100%.

3.- Si sus padres han hecho testamento y le han legado a ella en el testamento los 2/3 de ese piso, además de su derecho de legítima, a Doña Flavia le correspondería del piso 2/3 más 1/5 de otro 1/3 que compartiría con sus hermanos. No tendría el 100% del piso pero se encuentra en mejor posición para comprar a sus hermanos el resto del piso.

Esta solución atiende a los derechos de herencia forzosa en los que están involucrados todos los que sean efectivamente herederos forzosos. De aquí los porcentajes y las fracciones de un bien que, en realidad, no se puede partir físicamente.

4.- Que ella negocie con sus hermanos para quedarse el piso pagándoles a cada uno lo que les corresponde.

5.- Que existan más bienes en la herencia y que ella negocie con sus hermanos la posibilidad de quedarse ella con la totalidad del piso y sus hermanos el resto de la herencia, compensándoles económicamente si les faltase dinero hasta alcanzar el derecho hereditario que les correspondiera.

Como ves, en algunos casos sus hermanos tendrían derecho a una parte del piso, por lo que ella no podría disponer ni vender del piso sin consentimiento de sus hermanos.

¿Se puede negar a repartir el piso?  

La respuesta es SÍ. No obstante, esto no impide que cualquiera de sus hermanos pueda demandarla para poder cobrar su parte de la herencia y forzarla a repartir la herencia de sus padres.

Esta no es una solución recomendable dado que comporta un alto gasto en abogados, procuradores y sobre todo un alto grado de desgaste psicológico. El código civil protege a los herederos estableciendo que cada heredero tiene derecho a cobrar su parte y ninguno de ellos puede ser obligado a permanecer en la copropiedad con otra persona. Si alguno se opusiera a repartir la herencia, los demás tienen derecho a reclamarla vía judicial.

¿Ella tiene derecho a quedarse con el piso por haber vivido en él?

La respuesta es NO. Habría que ajustarse a lo que diga el testamento, como más arriba decimos, para saber si sus padres han querido mejorarla por la dedicación a ellos durante toda su vida.

Consejos de abogados:

En JB Asesores recomendamos siempre la vía del diálogo y la negociación para que no haya conflicto entre los herederos. Es una manera de dar una solución rápida al conflicto sin que haya desgaste psicológico ni económico.

También recomendados que, cualquier persona que quiera mejorar a uno de sus herederos respecto a los otros, debería hacer testamento y de forma expresa establezca su voluntad respecto al patrimonio que quiere dejar a sus herederos o a sus legatarios.